Normas internacionales de la Ley Federal del Trabajo

CARLOS ALBERTO PUIG HERNANDEZ

El autor expone algunas normas internacionales de la Ley Federal del Trabajo que incluyen cuestiones como la “nacionalidad del trabajador” y las “cargas procesales referidas a otro país”. En la primera se esclarece que según el artículo 7 está prohibida la contratación de extranjeros en un porcentaje superior al 10% en toda la empresa. Algunos artículos como el 189 establecen que los trabajadores que laboren en buques o aeronaves deben ser mexicanos de nacimiento, por lo tanto se excluye a todo extranjero. En las “cargas procesales referidas a otros país” está establecido en el artículo 754 que las diligencias en el extranjero se autorizan solo para probar “hechos fundamentales de la demanda” y debe considerarse lo dispuesto en los tratados internacionales.

Tipo de documento: Artículo

Formato: Adobe PDF

Audiencia: Investigadores

Idioma: Español

Área de conocimiento: CIENCIAS SOCIALES

Campo disciplinar: CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO

Nivel de acceso: Acceso Abierto