dc.description | El derecho se ha encargado de normar las conductas individuales de los
sujetos conformantes del Estado, a efecto de lograr una convivencia pacífica entre
ellos y el consecuente bien común, en concordancia con los valores culturales de la
justicia social moldeada por cada sociedad. Sin embargo, no podemos negar que
existen conflictos que muchas veces no se pueden evitar, debido a la
heterogeneidad de la sociedad contemporánea que se refleja en la multiplicidad de
ideas y la basta multiculturalidad, lo que sumado a los fenómenos globalizadores,
han vuelto necesaria la evolución de las formas de su resolución, puesto que las
formas tradicionales que conforman la justicia impartida por el Estado, han dejado
de ser funcionales en una gran cantidad de las controversias jurídicas actuales.
El sistema judicial mexicano cuenta con un rezago en la resolución de los
conflictos que son sometidos a su conocimiento, lo que se traduce en diversas
violaciones a los derechos humanos, como la protección de las garantías de acceso
pronto, sencillo y efectivo a la impartición de justicia. Dicho rezago, aunado al tema
de la impunidad, han generado un distanciamiento entre las instituciones
impartidoras de justicia e investigadoras del delito y los ciudadanos, propiciando un
ambiente de desconfianza, lo cual impide que los conflictos puedan ser resueltos de
buena forma.
En ese sentido, es necesario establecer nuevas formas de resolución de
conflictos que permitan un acceso pleno a la justicia y a la protección de los
derechos subjetivos y fundamentales de las personas, cuya garantía se encuentra
establecida en el artículo 17 constitucional. Una de las fórmulas que se puede
utilizar como medio para combatir la situación descrita, son los mecanismos alternos
de solución de controversias, como lo son la mediación, el arbitraje y la conciliación,
sin embargo, en la investigación que se pretende realizar, se tomará como principal
objeto de estudio al derecho colaborativo, cuya principal meta es construir entre las
partes intervinientes del conflicto, una solución que pueda dirimirlo, lo cual se puede lograr mediante un proceso de negociación, que se encuentre basado en la ética y
la racionalidad, con el apoyo de profesionales multidisciplinarios que coadyuven en
todo momento a la resolución justa para todos los intervinientes.
En el proceso del derecho colaborativo, el acceso a la justicia lo obtienen las
partes sin intervención, en un inicio, de los órganos estatales impartidores de
justicia, a efecto de evitar la judicialización, dada la carga excesiva de trabajo que
tiene el sistema estatal y la desconfianza generada sobre este, llevando a cabo una
participación activa de las partes intervinientes con la colaboración de sus
respectivos abogados y con el trabajo colaborativo multidisciplinario de los
profesionales que se requieran para resolver cuestiones específicas.
De acuerdo con lo anterior, los ciudadanos tienen el derecho de acceder al
mecanismo que consideren oportuno para solucionar sus problemas jurídicos,
siendo una obligación del Estado garantizar la existencia de procesos, recursos y
medios de solución para lograr ese fin. El derecho colaborativo es una figura
novedosa que puede ser incluida en estos mecanismos, a efecto de estar disponible
para los ciudadanos que pretendan arreglar sus problemas jurídicos entre los
mismos intervinientes del conflicto y sus abogados, sin que medie un tercero ajeno,
y únicamente sea sometido el acuerdo final a la autoridad judicial para su sanción y
homologación con efectos de sentencia ejecutoriada.
Bajo esa óptica, se propone analizar las áreas de oportunidad para la
implementación del derecho colaborativo en el sistema jurídico mexicano, puesto
que con el desarrollo de la actividad colaborativa, se llegarían a acuerdos cada vez
más justos y se mejoraría el nivel de cumplimiento de las resoluciones, ya que
solucionar los conflictos de esta manera, favorece el papel activo de las partes,
evitando judicializar los asuntos y propiciando una cultura de paz apegada al
derecho, a la razón y la ética. | es_MX |